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Formación profesional para el empleo.
Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo (BOE núm. 87, de 11 de abril de 2007) Después de 13 años de vigencia de los dos modalidades
diferenciadas de formación profesional en el ámbito laboral -la formación
ocupacional y la continua-, estos dos subsistemas quedan integrados en uno solo
de formación profesional para el empleo. Su objetivo es impulsar y extender entre las empresas y
los trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda a sus
necesidades y contribuya al desarrollo de una economía basada en el
conocimiento. El subsistema de formación profesional para el empleo está
configurado por las siguientes iniciativas de formación: a) La formación de demanda (antigua formación continua en
las empresas): acciones formativas en las empresas y permisos individuales de
formación (financiables con cargo al crédito de formación; bonificable en las
cuotas a la Seguridad Social hasta agotar el crédito) b) La formación de oferta: comprende los planes de
formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados (contratos
programa) y las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores
desempleados. c) La formación de alternancia con el empleo: acciones
formativas de los contratos para la
formación y programas públicos de empleo-formación. d) Las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación. La Fundación Tripartita para la
Formación en el Empleo (FTFE, antigua FORCEM) sigue siendo la
institución perteneciente al Sector Público estatal que asiste, al Servicio
Público de Empleo Estatal en sus actividades de planificación, programación,
gestión evaluación, seguimiento y control de las iniciativas de formación
previstas en el R.D. 395/2007, de 23 de marzo. Próximamente, mediante Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se determinarán los módulos económicos máximos de financiación de las acciones formativas en función de su modalidad de impartición.
La formación de demanda (antigua formación continua en las
empresas) La formación de demanda responde a las necesidades específicas de formación de las empresas y trabajadores , y está integrada por las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación. Está destinada única y exclusivamente para los trabajadores en activo y su financiación se contempla mediante la aplicación de un sistema de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que ingresan las empresas. ¿Qué
empresas pueden bonificarse de las ayudas a la formación? Todas las empresas que tributen a la Seguridad Social por
el concepto de Cuota de Formación Profesional. Las empresas pueden organizar formación para sus trabajadores, o bien individualmente o agrupándose voluntariamente, previo acuerdo por escrito, para organizar la formación de sus trabajadores. |
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